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ORDEN ECD/42/2019, de 23 de enero, por la que se resuelve la convocatoria de financiación del programa "Abierto por Vacaciones" correspondiente al período vacacional de Navidad, en los centros públicos de Educación Especial y en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales para el curso 2018-2019.

Publicado el 11/02/2019 (Nº 28)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/1921/2018, de 20 de noviembre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 235, de 5 de diciembre de 2018), se regula la financiación del programa "Abierto por Vacaciones" en los centros públicos de Educación Especial y en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales para el curso 2018-2019.

De acuerdo con lo establecido en el apartado décimo de la convocatoria, a propuesta del Director General de Innovación, Equidad y Participación, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte resolverá el procedimiento mediante Orden, que notificará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón". Igualmente, se publicará en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org. Dicha Orden debe contener, en relaciones separadas, los centros autorizados, con indicación de las cuantías máximas, y los centros excluidos con indicación expresa de la causa que motiva su exclusión.

Consta en el expediente que se han seguido los criterios de valoración recogidos en el apartado octavo de la convocatoria, así como el resto de trámites exigidos por la misma.

De conformidad con lo anterior, evacuados los trámites oportunos y dando cumplimiento a la convocatoria, resuelvo:

Primero.- Aprobar la relación de centros autorizados en la convocatoria de financiación del programa "Abierto por Vacaciones" correspondiente al período vacacional de Navidad, en los centros públicos de Educación Especial y en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales para el curso 2018-2019, que figura como anexo I a esta Orden con indicación de las cuantías máximas, no existiendo centros excluidos.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, www.educaragon.org.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/12015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a esta Orden mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 23 de enero de 2019.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN